El gobierno usa un decreto militar para desaparecer documentación

Publicado el: 18/08/2013 / Leido: 6699 veces / Comentarios: 0 / Archivos Adjuntos: 0

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El gobierno usa un decreto militar para desaparecer documentación

 

La destrucción de expedientes de archivo cada diez años debe ser autorizado por una Comisión de la que poco y nada se conoce.La destrucción de expedientes de archivo cada diez años debe ser autorizado por una Comisión de la que poco y nada se conoce.A partir de una entrevista realizada al Dr. Pedro Velásquez Ibarra por Radio Uno, en el marco de los juicios por crímenes de lesa humanidad que se llevan a cabo en la ciudad de Formosa, un detalle no pasó desapercibido en las tantas afirmaciones del letrado.

El gobierno provincial de Insfrán mantiene vigente y utiliza el Decreto 966/78 que fuera redactado por el ex gobernador de facto Juan Carlos Colombo y autoriza la destrucción mediante incineración u otro procedimiento similar de expedientes y documentaciones de carácter administrativo que se hallan en los archivos de todos los organismos administrativos dependiente del Poder Ejecutivo Provincial o de los entes descentralizados u organismos autárquicos del Estado Provincial.

La destrucción, según detalla el artículo 2º, se realizará después de transcurridos diez años del ingreso del expediente a los archivos pertinentes.

Agrega además que: “No será destruida aquella documentación que se repute necesario o imprescindible o que convenga conservar por razones históricas. Una Comisión que al efecto se cree, determinará, por decisión fundada, la documentación que merezca ser conservada en los archivos de la Administración o remitida al Archivo Histórico Provincial, según el caso”.

Según el mencionado Decreto, de toda diligencia de destrucción deberá dejarse constancia del número, letra, año y carátula, cantidad de fojas o algún dato de interés y se formará una Comisión Permanente de destrucción o incineración, compuesta por el Subsecretario de Gobierno, un delegado de cada uno de los Ministerios y un delegado del Archivo Histórico.

La Ley exige además que antes de procederse a la destrucción se publicarán por un término no menor de tres días en el boletín oficial de la Provincia, la planilla con los expedientes y documentaciones que serán destruidos, a fin de que los terceros interesados puedan formular acto de oposición al respecto.

En la actualidad la ley está plenamente vigente y los expedientes se siguen destruyendo una vez ingresados al archivo correspondiente y después de 10 años, sin embargo se desconoce de la existencia de una Comisión Permanente de destrucción o incineración la que fuera conformada de acuerdo al Decreto 966/78, como también si se han realizado las publicaciones correspondientes en el Boletín Oficial.

Esta medida se lleva a cabo en la provincia y en otros lugares del país para evitar el colapso del Sistema de Archivos y Almacenamiento de Expedientes, pero la circunstancia de nuevas incidencias partir de los casos de Lesa Humanidad y los juicios llevados a cabo en la Provincia a represores, llevó a descubrir que expedientes de vital importancia para determinar hechos fehacientes, fueron destruidos por los gobiernos democráticos.

El perjuicio es más que obvio y la responsabilidad indelegable puesto que si se incineraron documentaciones que acreditaban que el estado cometió crímenes en los años de la dictadura, ¿Cuántos otros documentos que podrían llegar a comprometer las posteriores administraciones, en democracia, también corrieron la misma suerte? ¿Cuántos hechos de corrupción nunca tendrán fuentes de comprobación?

La tecnología hace años ha permitido que el espacio de “pilas y pilas” de interminables papeles puedan ser reemplazados por documentos digitalizados que no ocupan mayor espacio físico y que podrían, como ya ocurre en el poder judicial, tener la misma entidad que el original en papel. Por lo tanto debería modificarse o sencillamente derogarse este Decreto por una Ley adecuada a los tiempos informáticos que se viven, cuidando de mantener lo estrictamente necesario y proteger los documentos de valor permanente.

Porque no solo el valor del patrimonio cultural documental es necesario para la construcción de la historia de los pueblos, sino también todo tipo de documentación oficial que cada oficina pública haya tramitado puesto que quienes pueden llegar a valorar la importancia o no de los documentos, no están exentos de subjetividades o intereses para destruirlos, razones absolutamente distintas a las que podría tener un historiador o investigador.

Representan fuentes históricas por excelencia que no siempre se conocen, que tampoco han sido publicadas en el boletín oficial pueden correr la suerte del camino a la incineración por la decisión de desconocidos, sin la suficiente preparación y sobre los que nadie puede interceder de manera administrativa, ante el desconocimiento, para evitar que sean destruidos.

http://www.elcomercial.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=117627:destruccion-de-documentos-insfran-utiliza-una-ley-del-gobierno-de-facto&catid=54&Itemid=55

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